Quiénes Somos

Política de Tratamiento de Datos Personales Escuela de Aviación del Pacífico Sas

REGLAMENTO No. 1

POR MEDIO DEL CUAL SE  ESTABLECE  A POLITICA PARA LA ADMINISTRACION Y PROTECCION  DEL TRATAMIENTO DE BASE DE DATOS

La Junta de Socios de la Escuela de Aviación del Pacífico s.a.s en uso de sus atribuciones Legales y Estatutarias, y en concordancia con las disposiciones legales.

CONSIDERANDO

  1. Definir las políticas y normas corporativas para el tratamiento de datos personales, el cual podrá implicar la recolección, almacenamiento, uso, circulación, supresión, transmisión, transferencia y/o recepción de los mismos, con el fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012 y su Decreto Reglamentario 1377 de 2013, y los Decretos 886 de 2014 y Decreto 1072 expedidos por el ministerios de Comercio Industria y Turismo.
  2. Las políticas y normas aquí establecidas son aplicables a los datos personales que se encuentran en las bases de datos de Escuela de Aviación del Pacífico s.a.s y a los titulares de los mismos, incluidos los colaboradores y los encargados del tratamiento de la información.
  3. Se establecen los controles y procedimientos, con base al   Siguiente contenido:

INTRODUCCIÓN

ESCUELA DE AVIACIÓN DEL PACÍFICO S.A.S, actualmente posee bases de datos de Socios, deudores, proveedores, ex proveedores, empleados, ex empleados, entre otros usuarios de los cuales se tienen datos personales u otro tipo de datos, recolectados, a través de los diferentes medios de contacto,  depositados en su archivo y administrados en el normal funcionamiento de la misma, con el fin de publicitar los diferentes productos y servicios.

MARCO LEGAL

  • Artículo 15 de la Constitución Política de Colombia: “Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas”.
  • Ley Estatutaria 1581 de 2012: “Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales”.
  • Decreto 1377 de 2013 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo: “Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1581 de 2012”.

1. NORMAS GENERALES

  1. DEFINICIONES

1.1. Autorización: Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el Tratamiento de datos personales.

1.2. Base de Datos: conjunto organizado de datos personales que sea objeto de Tratamiento.

1.3. Dato Personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables.

1.4. Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del Responsable del Tratamiento.

1.5. Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos.

1.6. Titular: Persona natural cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento.

1.7. Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.

1.8. Aviso de Privacidad: comunicación verbal o escrita generada por el Responsable, dirigida al Titular para el Tratamiento de sus datos personales, mediante la cual se le informa acerca de la existencia de las políticas de Tratamiento de información que le serán aplicables, la forma de acceder a las mismas y las finalidades del Tratamiento que se pretende dar a los datos personales.

1.9. Dato Público: Es el dato que no sea semiprivado, privado o sensible. Son considerados datos públicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a su profesión u oficio y a su calidad de comerciante o de servidor público. Por su naturaleza, los datos públicos pueden estar contenidos, entre otros, en registros públicos, documentos públicos, gacetas y boletines oficiales y sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas que no estén sometidas a reserva.

1.10. Datos Sensibles: Se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición, así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual, y los datos biométricos.[1]

1.11. Transferencia: La transferencia de datos tiene lugar cuando el Responsable y/o Encargado del Tratamiento de datos personales, ubicado en Colombia, envía la información o los datos personales a un receptor, que a su vez es Responsable del Tratamiento y se encuentra dentro o fuera del país.

1.12. Transmisión: Tratamiento de datos personales que implica la comunicación de los mismos dentro o fuera del territorio de la República de Colombia cuando tenga por objeto la realización de un Tratamiento por el Encargado por cuenta del Responsable.[2]

2. TRATAMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES

 LA FINALIDAD Y TRATAMIENTO AL CUAL SERÁN SOMETIDOS LOS DATOS PERSONALES: Los datos personales que la  Escuela de Aviación del Pacífico s.a.s, recolecté, almacene, use, circule y suprima, serán utilizados para alguna de las siguientes finalidades:

2.1. En relación con la naturaleza y las funciones propias de la Escuela de Aviación del Pacífico s.a.s:

El Tratamiento de los datos se realizará con la finalidad de supervisar el sistema financiero colombiano, preservar su estabilidad, seguridad y confianza, así como promover, organizar y desarrollar  la protección de los asociados, de acuerdo con lo establecido para el efecto, entre otras, en las disposiciones contenidas en la Ley 79 de 1988, Ley 454 de 1998, y demás normas que los modifiquen, adicionen, sustituyan o complementen.

2.2. En relación con el funcionamiento de la Escuela de Aviación del Pacífico s.a.s:

2.2.1. Recurso Humano:

El Tratamiento de los datos se realizará para la vinculación, desempeño de funciones o prestación de servicios, retiro o terminación, dependiendo del tipo de relación jurídica entablada con la Escuela de Aviación del Pacífico s.a.s.

2.2.2. Proveedores y Contratistas:

El Tratamiento de los datos se realizará para los fines relacionados con el desarrollo el proceso de gestión contractual de productos o servicios que la Escuela de Aviación del Pacífico s.a.s requiera para su funcionamiento de acuerdo a la normatividad vigente.

2.2.3. Seguridad en instalaciones:

El Tratamiento se realizará para la vigilancia y seguridad de las personas, los bienes e instalaciones de la Escuela de Aviación del Pacífico s.a.s.

3. DERECHOS DE LOS TITULARES:

3.1. Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente a la Escuela de Aviación del Pacífico s.a.s como Responsable y Encargado del Tratamiento. Este derecho se podrá ejercer entre otros ante datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo Tratamiento esté expresamente prohibido o no haya sido autorizado.

3.2. Solicitar prueba de la autorización otorgada a la Escuela de Aviación del Pacífico s.a.s como Responsable y Encargado del Tratamiento, salvo cuando expresamente se exceptúe como requisito para el Tratamiento[3].

3.3. Ser informado por la Escuela de Aviación del Pacífico s.a.s como Responsable del Tratamiento y Encargado del Tratamiento, previa solicitud, respecto del uso que le ha dado a los datos personales del Titular.

3.4. Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012 y las demás normas que la modifiquen, adicionen o complementen.

3.5. Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato personal cuando en el Tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales. La revocatoria y/o supresión procederá cuando la Superintendencia de Industria y Comercio haya determinado que en el Tratamiento el Responsable o encargado han incurrido en conductas contrarias a la Ley 1581 de 2012 y a la Constitución.

3.6. Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de Tratamiento.

4. DATOS SENSIBLES:

El Titular tiene derecho a optar por no suministrar cualquier información sensible solicitada por la Escuela de Aviación del Pacífico s.a.s, relacionada, entre otros, con datos sobre su origen racial o étnico, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales o de derechos humanos, convicciones políticas, religiosas, de la vida sexual, biométricos o datos de salud.

5. DATOS DE MENORES DE EDAD:

El suministro de los datos personales de menores de edad es facultativo y debe realizarse con autorización de los padres de familia o representantes legales del menor.

6. AUTORIZACIÓN DEL TITULAR:

Sin perjuicio de las excepciones previstas en la ley, en el Tratamiento se requiere la autorización previa, expresa e informada del Titular, la cual deberá ser obtenida por cualquier medio que pueda ser objeto de consulta y verificación posterior.

7. CASOS EN QUE NO SE REQUIERE LA AUTORIZACIÓN:

La autorización del Titular no será necesaria cuando se trate de:

7.1. Información requerida por la SFC en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial.

7.2. Datos de naturaleza pública.

7.3. Casos de urgencia médica o sanitaria.

7.4. Tratamiento de información autorizado por la ley para fines históricos, estadísticos o científicos.

7.5. Datos relacionados con el Registro Civil de las Personas.

8. ATENCIÓN DE PETICIONES, CONSULTAS Y RECLAMOS:

Para realizar peticiones, consultas o reclamos con el fin de ejercer los derechos a conocer, actualizar, rectificar, suprimir los datos o revocar la autorización otorgada, el Titular o sus causahabientes pueden utilizar cualquiera de los siguientes canales de comunicación:

En la sede de la Escuela de Aviación del Pacífico s.a.s.: Avenida 3nte # 36an – 19 de Cali.

De lunes a viernes en el horario de atención al público (8:00 AM a 6:00 PM)

Conmutador: (602) 6653333 – Cali
Correo electrónico: contabilidadeap@emcali.net.co – info@escueladeaviaciondelpacifico.com.co
Persona o área responsable de la atención de peticiones, consultas y reclamos: Las peticiones, consultas o reclamos que se reciban serán direccionadas al área administrativa de la Escuela de Aviación del Pacífico s.a.s.

9. PROCEDIMIENTO PARA EJERCER LOS DERECHOS:

9.1. Consultas

Se absolverán en un término máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de su recibo.

Cuando no fuere posible responder la consulta dentro de dicho término, se informará al interesado antes del vencimiento de los 10 días, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá su solicitud, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer plazo.

9.2. Reclamos

Los Titulares o sus causahabientes que consideren que la información contenida en una base de datos de este Organismo debe ser objeto de corrección, actualización o supresión, o que adviertan el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en la Ley 1581 de 2012, podrán presentar un reclamo ante la Escuela de Aviación del Pacífico s.a.s. a través de cualquiera de los canales de comunicación descritos anteriormente; y éste deberá contener la siguiente información:

9.2.1. Nombre e identificación del Titular

9.2.2. La descripción precisa y completa de los hechos que dan lugar al reclamo

9.2.3. La dirección física o electrónica para remitir la respuesta e informar sobre el estado del trámite

9.2.4. Los documentos y demás pruebas que se pretendan hacer valer.

En caso de que la Escuela de Aviación del Pacífico s.a.s. no sea competente para resolver el reclamo presentado ante la  misma, dará traslado a quien corresponda en un término máximo de dos (2) días hábiles e informará de la situación al interesado.

El término máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles contados a

partir del día siguiente a la fecha de su recibo, y si no fuere posible responder en dicho término, la Escuela de Aviación del Pacífico s.a.s.  informará al interesado los motivos de la demora y la fecha en que aquél se atenderá, sin llegar a  superar, en ningún caso, los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.

10. FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA DE LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN Y PERIODO DE VIGENCIA DE LAS BASES DE DATOS DE LA ESCUELA DE AVIACIÓN DEL PACÍFICO S.A.S.  SEDES

La presente política rige a partir de su expedición y las bases de datos sujetas a Tratamiento se mantendrán vigentes mientras ello resulte necesario para las finalidades establecidas en el punto 2 de la misma.

El presente reglamento  sobre la Política de Base de Datos a Terceros, es aprobado en reunión de Consejo de Administración, según consta en el Acta No.58 del  11  de  Octubre  del año 2016.

[1] Articulo5, Ley 1581 del 17 de Octubre de 2012

[2] Artículo 3º, Ley 1581 de 2012

[3] De conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Ley 1581 de 2012.

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